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En los hechos ocurrido en junio de 1991 en el Callao

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ENCUENTRA RESPONSABLIDAD INTERNACIONAL EN EL ESTADO PERUANO RESPECTO DE LA EJECUCION EXTRAJUDICIAL DEL ESTUDIANTE DE MEDICINA FREDDY CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PIGHI

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, el día de hoy, notificó la Sentencia en el aquí señalado, declarando que el Estado Peruano es responsable de la violación de los Derechos a la libertad personal, la vida, la integridad personal y la prohibición de la tortura Derecho, así como de la violación de las garantías judiciales y protección judicial, en relación con las obligaciones de respetar y garantizar los derechos de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Por ello, en la sentencia se estableció que la misma por sí es una forma de reparación; que se debe iniciar una investigación para juzgar y, en su caso, sancionar a todos los autores y partícipes de los hechos de tortura y ejecución extrajudicial perpetrados en perjuicio del señor Freddy Carlos Alberto Rodríguez; que el Estado realice las publicaciones y difusión de la Sentencia y su resumen oficial; que el Estado realice el acto público de reconocimiento de su responsabilidad internacional en los hechos; que el Estado coloque una placa recordatoria en el Lugar de la Memoria e Inclusión Social; que el Estado gestione la colocación de una placa en la institución universitaria en donde estudiaba la víctima y que el Estado pagará, dentro del plazo de un año por las indemnizaciones por concepto de daños materiales e inmateriales y por el reintegro de costas y gastos, así como el reintegro al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas. Finamente se señala que el Estado deberá, dentro del plazo de un año, un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la Sentencia, precisando que en ejercicio de sus funciones, la Corte Interamericana de Derechos Humanos supervisará el cumplimiento íntegro de esta Sentencia

Como se recordará, el 21 de junio de 1991, Freddy Carlos Alberto Rodríguez Pighi, estudiante del cuarto año de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Federico Villarreal, fue arbitrariamente detenido, torturado y ejecutado extrajudicialmente por efectivos de la policía. En efecto, en circunstancias que dichos efectivos policiales realizaban la búsqueda y captura de dos personas que habrían participado en el asalto a una camioneta de caudales en el distrito de Miraflores en Lima; detuvieron al referido estudiante mientras transitaba cerca al vehículo que habrían utilizado los asaltantes, al considerarlo como sospechoso de ser uno de ellos. Fue violentamente tirado al piso, golpeado en su cabeza y diferentes partes del cuerpo, subido a la maletera de un vehículo policial y a las horas fue ingresado acribillado, en la cabeza y diferentes partes del cuerpo, a un Hospital del Callao.

Estas circunstancias de su arbitraria detención (el referido estudiante se dirigía a casa de su enamorada para ir juntos a sus clases universitaria) hasta el momento que es retirado con vida en la maletera del vehículo policial fue filmado por reporteros de Frecuencia Latina (Canal 2 de Televisión). Con ello, se tuvo material de prueba fílmico fundamental para evidencia de siendo retirado con vida sin ninguna lesión por arma de fuego, la única explicación sea que fue ejecutado extrajudicialmente por los policías que lo detuvieron y no en un enfrentamiento con terroristas.

Por ello, casi inmediatamente de conocerse la ejecución extrajudicial, la versión oficial de la policía en el sentido que el referido estudiante universitario era un terrorista y que fue abatido en un enfrentamiento armado, fue totalmente desbaratada y calificada como falsa por la prensa testigo presencial de su arbitraria detención.

Es así como, después de más de 34 años de indesmayable y perseverante esfuerzo de su familia, es que la Corte Interamericana de Derechos Humanos les hizo justicia conforme a lo señalado líneas antes.

Por ello, si bien desde la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz, cuyos abogados, desde los pocos días de ocurrido los hechos (más de 34 años), brindaron asesoramiento jurídico a los familiares de Freddy Carlos Alberto Rodríguez Pighi, si bien expresa su satisfacción por esta sentencia que impide la impunidad en este delito de lesa humanidad (porque la ejecución extrajudicial, tortura, etc. lo son), también reitera su solidaridad y pesar a la familia de este estudiante que tuvo que atravesar primero por la desgracia de perder a su ser querido en las circunstancias tan trágicas en las que se dio y, porque tuvieron que batallar durante más de 34 años, tiempo en el que algunos de ellos perdieron la vida (como el Caso de Carlos Rodríguez Ibañez, padre de la víctima) para conseguir esta Sentencia que es una evidente muestra de que el Estado Peruano, durante esos años, implementó una política antisubversiva que era fundamentalmente vulneradora de los derechos fundamentales de las personas personas.

Finalmente, desde FEDEPAZ expresamos que continuaremos con el asesoramiento legal con el objetivo que la Sentencia sea acatada y cumplida íntegramente por parte del Estado Peruano, tal como ha sido dispuesto por la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos

Lima, 19 de diciembre de 2025.

 

Con el ruego de su difusión.

Área de Prensa de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – FEDEPAZ

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