iscalía Provincial Penal Corporativa de Ica archiva investigación penal seguido a 35 defensores
Después de casi 6 años de investigación fiscal seguida sólo por ejercer la defensa de sus derechos fundamentales a través de la legítima protesta social
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ica archiva investigación penal seguido a 35 defensores
Se les siguió proceso por los delitos de extorsión, daño agravado, lesiones, violencia contra la autoridad, entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos y atentado contra los medios de transporte de servicio público
Mediante Disposición Fiscal No. 02-2026 (contenida en la Carpeta Fiscal N°3668-2021), el Segundo Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ica, ha decidido archivar la investigación antes referida, con el argumento que “… que de los actos de investigación … se tiene que si bien es cierto en ellos se indican algunos detalles del paro agrario del 2020 llevado a cabo en la ciudad de Ica, se tiene también que de los mismos no fluye una imputacion concreta respecto de algún acto que hayan realizado los imputados para poder sindicar en forma concreta un hecho que tenga contenido delictivo …”.
A continuación, señala “… entendemos que la obligación del Fiscal es asegurarse que toda investigación conducida por él contenga causa probable de imputación penal; esto es, no debe en lo absoluto formalizar por formalizar, sino, sólo debe poner en marcha el aparato jurisdiccional por existencia de suficientes elementos de convicción de la realidad y certeza del delito y de la vinculación del implicado en su comisión …”. Razones por la cuales decide “… NO HA LUGAR A FORMALIZAR Y CONTINUAR CON LA INVESTIGACION PREPARATORIA …” contra ninguna de los 35 defensores investigados
Al respecto, se debe precisar que los hechos se remontan a diciembre de 2020, cuando se desarrolló un paro provincial agrario frente a los incumplimientos laborales y abusos contra los trabajadores de diversas empresas agroindustriales ubicadas en Ica. En esas circunstancias se denuncia el bloqueo de vías y se atribuyó a estos 35 defensores (jornaleros agrícolas en empresas agroexportadora en el valle de Ica) ser autores de dichos bloqueos, daños, extorsión etc., por lo que se les abrió investigación penal, a pesar que no había indicio o prueba alguna de su supuesta responsabilidad penal en dichos hechos, conforme lo precisa la propia Fiscalía en la Disposición Fiscal antes señalada.
En relación a ello, la defensa legal de los investigados, David Velazco Rondón, señala que “… hay que tener presente que estas falsas imputaciones y apertura de investigación penal contra los defensores de derechos humanos, vulneran sus derechos puesto que el derecho a organizarse y realizar demandas de diálogo o incluso llevar adelante protestas públicas pacíficas se encuentran reconocidos en tratados internacionales de protección de derechos humanos, en la propia Constitución Política del Perú y en la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú, caso de la Sentencias en los Expedientes N° 00009 – 2018 – PI/TC y No. 00018-2025-PI/TC.
Agrega Velazco Rondón que “… la decisión fiscal de archivar esta investigación fiscal, con el argumento de no haber obtenido prueba de la identidad de los presuntos responsables penales, acredita la existencia de una arbitraria decisión gubernamental de criminalizar injustamente a los defensores del ambiente y de derechos humanos e incluso sin que exista indicio y menos prueba alguna de responsabilidad penal contra ellos …”.
Velazco Rondón termina señalando que: “… hay que denunciar este comportamiento de las empresas y del gobierno peruano, los que a través de sus abogados, procuradurías públicas y la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ica, solicitan e inician procesos, dentro de lo que consideramos se trata de una estrategia de amedrentamiento contra las personas defensoras de derechos humanos del Valle de Ica, para que no protesten en defensa de sus derechos fundamentales, en este caso de carácter laboral, ni se oponga a la aprobación de leyes tributarias y laborales que dan un tratamiento privilegiado, absolutamente injustificado, a las empresas agroexportadoras y suponen un gravísimo deterioro en el cumplimiento de sus obligaciones laborales. Accionar que se debe rechazar y condenar por ser contrario a un Estado garantista y respetuoso de los derechos de todas y todos …”.
Lima, 11 de setiembre de 2026.
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